ASUNTOS APROBADOS EN LA SESIÓN

EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO TÉCNICO

5 de diciembre de 2005




  1. Modificación de la operación del CTIC, trasladando a las entidades académicas la decisión sobre algunos asuntos que actualmente revisa la CAAA, la cual fungirá como comisión auditora.



  1. En consecuencia, las dependencias propondrán para su aprobación ante el CTIC los criterios de evaluación académica que utilizan para los asuntos mencionados en el inciso I



  1. Para instrumentar los incisos anteriores se deberán fortalecer las Comisiones Dictaminadoras



  1. Fortalecer los Consejos Internos para mejorar su capacidad de evaluación académica



  1. Se propone la creación de becas posdoctorales tipo II, sin afectar la posibilidad de convocar Concursos de Oposición Abiertos (COA’s)



  1. Las nuevas plazas para el SIC deberán ser asignadas con base a criterios de prioridad académica, y estas serán decididas por el CTIC



  1. Las entidades académicas serán evaluadas regularmente por el CTIC, quien definirá las acciones consecuentes para fortalecer a las propias dependencias



  1. El CTIC discutirá si existen proyectos prioritarios que valdrían la pena desarrollar y/o apoyar del SIC


Propuesta del Dr. Gracia para el punto VIII: El CTIC promoverá ejercicios de análisis con el fin de identificar áreas estratégicas de investigación que maximicen la capacidad del SIC, para incidir en temas prioritarios para el país y la sociedad.

CONSEJO TÉCNICO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

COMITÉ DE REDACCIÓN DEL ACUERDO I

27 de Febrero de 2006




Integrantes:

Dr. Carlos Federico Arias Ortiz - IBT

Dr. José Francisco Valdés Galicia - IGL
Dr. Víctor Manuel Castaño Meneses - CFATA
Dr. Carlos Gay García - CCA
Dr. Gabriel Cuevas González Bravo - IQ
Dr. Genaro Javier Delgado Campos - IGG
Dr. Wilhelm Hansberg Torres - IFC
Dra. Guadalupe Palomino Hasbach - IB



Acuerdo I. Modificación de la operación del CTIC, trasladando a las entidades académicas la decisión sobre algunos asuntos que actualmente revisa la CAAA, la cual fungirá como comisión auditora


Borrador del contenido del acuerdo:

El acuerdo # I de este documento cuenta con tres apartados:





Después de revisar las propuestas del Acuerdo # I del documento mencionado, esta comisión recomienda:


Ratificar que queden bajo la responsabilidad de los Consejos Internos y/o Dictaminadoras, sin pasar por la CAAA, todos los asuntos listados en este apartado, con las modificaciones indicadas a continuación. Se hace notar que algunos de estos asuntos habían ya sido delegados previamente a estos órganos colegiados, en los acuerdos alcanzados en la Reunión Foránea del CTIC del 30 de agosto del 2000.


Modificaciones propuestas:


  1. Para ser congruentes con el hecho de que las promociones a Investigador Titular C seguirán siendo revisadas por la CAAA y el pleno del CTIC, se propone que las nuevas contrataciones por Concurso de Oposición Abierto a nivel de Titular C, sean también revisadas por la CAAA, esto es, que pasen al apartado 2. Se sugiere que en un tiempo razonable (2 años), una vez que se hayan consolidado los Consejos Internos y Comisiones Dictaminadoras de las entidades académicas, se reconsidere si la decisión sobre este punto se delega a las dependencias.


  1. Se sugiere que las nuevas contrataciones por obra determinada en todos los niveles, así como los contratos subsecuentes, sean delegados a los Consejos Internos y Comisiones Dictaminadoras de las entidades académicas (estos asuntos no estaban incluidos en ninguno de los apartados del documento de acuerdos recibido).


  1. Se sugiere que las licencias con goce de sueldo, incluidas en el apartado 2, pasen al apartado 1. Estas licencias deberán ser aprobadas de acuerdo a lo estipulado en los artículos 6, 97, 98 y 100 del Estatuto del Personal Académico.


  1. Se sugiere que la contratación de profesores del extranjero se mueva del apartado 2 al apartado 1 , tomando en cuenta el instructivo para trámites migratorios del personal académico extranjero, emitido por la Secretaría General en 1992.


  1. Se sugiere que se mencione de manera explícita que los asuntos en los que haya diferencia de opinión entre la Comisión Dictaminadora y el Consejo Interno serán revisados por la CAAA, esto es, que queden en el apartado 2.


Con las modificaciones sugeridas, los asuntos delgados a Consejos Interinos y/o Comisiones Dictaminadoras, así como los que seguirían viendo la CAAA y el CTIC quedaría de la siguiente manera:


  1. Los Consejos Internos y/o Comisiones Dictaminadoras de las entidades se responsabilizarán, sin que pasen por la CAAA, de los siguientes asuntos:



Todos estos casos se verán como paquete en el pleno del Consejo Técnico


La CAAA fungirá como una Comisión Auditora, que podrá en cualquier momento objetar o solicitar la revisión de algún caso particular.



  1. La CAAA y el CTIC seguirán decidiendo sobre los siguientes movimientos



  1. El CTIC debe conocer y decidir sobre los siguientes puntos:

      1. Recursos de revisión (artículo 106 EPA)

      2. Estímulos especiales

      3. Vinculación con Escuelas y Facultades

      4. Comisión ad hoc para Premios y Distinciones

CONSEJO TÉCNICO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

COMITÉ DE REDACCIÓN DEL ACUERDO II

28 de Marzo de 2006




Integrantes:

Dr. Guillermo Aguilar Martínez – IGG

Dra. Tila María Pérez Ortiz – IB

Dr. Alejandro Frank Hoeflich - ICN

Dr. Claudio Estrada Gasca – CIE

Dra. Christina Siebe Grabach – IGL

Dr. Marco Guzmán Speziale – CGC

Dra. Leticia Rosales Hoz - ICMyL



Acuerdo II. En consecuencia, las dependencias propondrán para su aprobación ante el CTIC los criterios de evaluación académica que utilizan para los asuntos mencionados en el inciso I.


Borrador del contenido del acuerdo:

1. Acuerdos Aprobados


1. Se traslada a las dependencias las responsabilidades de la evaluación de su personal académico, auxiliadas por su Consejo Interno y su Comisión Dictaminadora.


2. Cada dependencia deberá generar sus propios criterios de evaluación del personal académico y someterlos a la consideración del CTIC y posteriormente a su aprobación.


3. La CAAA fungirá como una comisión auditora, que podrá en cualquier momento objetar o solicitar la revisión de algún caso particular.


2. Justificación


Actualmente el CTIC emplea mucho tiempo en responsabilidades de evaluación del personal académico del Subsistema, por lo que se propone trasladar a las dependencias muchas de estas responsabilidades para descargarse de estas tareas, y dedicar más tiempo a la discusión de asuntos más trascendentes para el futuro de la investigación científica en el Subsistema y en la UNAM.


Como parte de este proceso, cada dependencia deberá elaborar sus propios criterios de evaluación tomando en cuenta las particularidades del tipo de investigación que se desarrolla en ella, y aquel trabajo académico que más se quiera ponderar. Es importante considerar que cada dependencia es diferente y que varias de ellas, a su interior, incluyen varias áreas del conocimiento de las representadas en el Subsistema e incluso fuera de él; por lo mismo, es deseable que estos criterios específicos por dependencia reflejen la presencia de estas diferentes áreas. Naturalmente que la base de elaboración de estos criterios específicos debe ser un ejercicio sólido interno de las dependencias en el cual se definan estos criterios, así como indicadores de desempeño académico.


Considerando que muchas de las labores de evaluación académica se llevarán a cabo a nivel de dependencia, es necesario garantizar que se fortalezcan los Consejos Internos y las Comisiones Dictaminadoras a ese nivel para asegurar que los evaluadores son pares académicos del más alto nivel.


3. Principales Lineamientos


  1. Al interior de cada dependencia se debe proponer una dinámica de trabajo para elaborar sus criterios de evaluación específicos, y enviarlos al CTIC.

  2. Estos acuerdos se harán operativos bajo la condición de que los criterios específicos tomen como base los criterios generales que se encuentran en el Libro Amarillo, los Acuerdos Aprobados por el CTIC, el EPA y el Plan de Desarrollo de cada dependencia.

  3. Los criterios específicos que se aprueben deben ser muy claros y específicos por categoría y nivel.

  4. Cada dependencia debe valorar y justificar qué variantes de evaluación académica, sobre las incluidas en el Libro Amarillo, incluirá en sus criterios específicos.

  5. Es importante identificar Indicadores de Desempeño Académico tanto de carácter cuantitativo como cualitativo.

  6. Cuando en un caso de evaluación no haya acuerdo o unanimidad entre Consejo Int

  7. erno, o al interior de la Comisión Dictaminadora, el caso pasará a la CAAA para su evaluación.


4. Propuesta de Procedimiento


  1. Que en el seno del Consejo Interno se discuta y apruebe el procedimiento a seguir, y se fijen fechas tentativas para completar la elaboración de los criterios específicos. Se propone un máximo de tres meses para finalizar la elaboración de dichos criterios en cada dependencia.

  2. Se propone nombrar en cada dependencia una comisión ad hoc y representativa de todas las áreas internas, para elaborar un primer documento acerca de los criterios específicos.

  3. El documento que elabore la comisión se deberá enviar a Consejo Interno para su discusión y enriquecimiento, y eventualmente para su aprobación final al interior de la dependencia.

  4. El documento con los criterios específicos ya aprobados en cada dependencia se someterá posteriormente al CTIC para su aprobación.

  5. Al interior del CTIC se integrarán Comisiones por Áreas del Conocimiento, cuatro en total, para discutir y emitir una recomendación de aprobación o no, de los criterios que cada dependencia proponga. La aprobación final corresponderá al pleno del CTIC, después de una breve presentación por el director de cada dependencia.

  6. En caso de que una Comisión de Área del Conocimiento no apruebe una propuesta de criterios específicos; esta comisión elaborará un dictamen fundamentado que enviará a la dependencia correspondiente para su consideración, y para que, en un lapso breve, vuelva a someter su propuesta de criterios específicos.

  7. Las cuatro comisiones por áreas del conocimiento serán: Físico-Matemática; Biológica y de la Salud; Ciencias de la Tierra; y Ciencias Sociales.

  8. Después de que los criterios específicos de cada dependencia hayan sido aprobados por el CTIC, se deberán hacer del conocimiento del personal académico.

CONSEJO TÉCNICO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

COMITÉ DE REDACCIÓN DEL ACUERDO III

10 de Marzo de 2006




Integrantes:

Dr. José de J. Franco López - IA

Dr. Gustavo Tolson Jones - IGL

Dr. José M. Saniger Blesa – CCADET

Dra. Julia Tagüeña Parga – DGDC

Dr. Rafael Costero Gracia – IA

Dra. Ma. del Carmen Jorge y Jorge – IIMAS

Dr. Jorge Machorro Mejía – CCMC



Acuerdo III. Para instrumentar los incisos anteriores se deberán fortalecer las Comisiones Dictaminadoras


Borrador del contenido del acuerdo:

FORTALECIMIENTO DE LAS COMISIONES DICTAMINADORAS


Para llevar a cabo la importante labor de mantener la calidad y excelencia académica en las contrataciones y promociones del personal académico de Centros e Institutos del Subsistema de la Investigación Científica, las Comisiones Dictaminadoras deberán tener un claro conocimiento de los Planes de Desarrollo y los Lineamientos de Evaluación de las dependencias. Asimismo, es recomendable que la Comisión Dictaminadora conozca a la dependencia que se está evaluando, realizando visitas programadas que le permitan intercambiar opiniones con el personal académico y el Consejo Interno correspondiente.


Las Comisiones Dictaminadoras se asesorarán, en los casos que lo consideren necesario o que sean polémicos, de la opinión de expertos en temas específicos. Es muy deseable que estos expertos sean externos a la UNAM e inclusive de fuera del país.


Asimismo, es recomendable que todos los miembros de las Comisiones Dictaminadoras cumplan con los siguientes rubros:


Finalmente, con el fin de lograr un mejor funcionamiento de las Comisiones Dictaminadoras del subsistema y sin menoscabo de su autonomía, si la CAAA rechaza en repetidas ocasiones los casos revisados por la Comisión Dictaminadora de una dependencia (por ejemplo, más del 25% de los casos examinados en un año), el CTIC deberá hacer un llamamiento a la dependencia correspondiente.


CONSEJO TÉCNICO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

COMITÉ DE REDACCIÓN DEL ACUERDO IV





Integrantes:

Dr. Adolfo Gracia Gasca, ICMyL

Dr. José A. de la Peña Mena - IM

Dr. Raymundo Cea Olivares - IQ

Dr. Ken Oyama Nakagawa - CIECO,

Dr. Guillermo Monsivais Galindo - IF

Dr. Efraín Ovando Shelley - II

Dr. José Rufino Díaz Uribe - CCADT



Acuerdo IV. Fortalecer los Consejos Internos para mejorar su capacidad de evaluación académica


Borrador del contenido del acuerdo:

El Consejo Técnico de la Investigación Científica con el fin de propiciar mejores estrategias y condiciones para el desarrollo de la labor académica considera que la responsabilidad de la evaluación del personal académico debe recaer fundamentalmente en los Consejos Internos y las Comisiones Dictaminadoras.


Los Consejos Internos, como el grupo más cercano y conocedor de la dependencia, debe desempeñar un papel central. Para ello es necesario el fortalecimiento de los Consejos Internos que permitan mejorar su capacidad de evaluación académica.


Entre las estrategias a seguir se encuentran:


Estructura

Los reglamentos internos de cada dependencia de acuerdo a sus particularidades deben revisarse y buscar una composición que garantice la representatividad del Personal Académico y podría ser de la siguiente forma:


Requisitos

Los miembros electos por el personal académico, deben ser personas reconocidas en su especialidad y que se hayan distinguido en las labores de investigación, docencia y difusión en su área.


Los requisitos que deben reunir son:

  1. Titulares “B” ó “C”.

  2. Definitivos

  3. PRIDE “C” ó “D” (ésto garantiza su vigencia en investigación, docencia y divulgación.


Los jefes de departamento o su equivalente deben cumplir con los mismos requisitos que los representantes del Personal Académico.


El Consejo Interno de cada dependencia debe precisar criterios claros, ponderables, vertidos en documentos y acordes a sus necesidades para valorar el desempeño y lo que se espera del Personal Académico en cada nivel; así como de los grupos de investigación. Para este motivo se debe tomar como base el documento “Criterios Generales para la Evaluación del Personal Académico del Subsistema de la Investigación Científica” atendiendo a los planes de desarrollo de la dependencia.


En estas reuniones de trabajo, sería conveniente incorporar a las Comisiones Dictaminadoras, así como la opinión de evaluadores externos que puedan dar una opinión objetiva del alcance y desempeño de la dependencia.


Los Consejos Internos deben instrumentar mecanismos que permitan adquirir comentarios externos del Personal Académico


Los Consejos Internos y Dictaminadoras deben evaluar mecanismos de retroalimentación que permitan generar criterios comunes de evaluación académica que conviertan a este proceso en herramienta central para el progreso académico de la dependencia.


La evaluación de los informes anuales de los investigadores debe considerarse como un ejercicio central para la evaluación del trabajo académico.



CONSEJO TÉCNICO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

COMITÉ DE REDACCIÓN DEL ACUERDO V

28 de Febrero de 2006




Integrantes:

Luis Felipe Rodríguez Jorge (CRyA)
Luis Enrique Sansores Cuevas (IIM)

Luca Ferrari Pedraglio (CGC)
Pedro Julio Collado Vides (CCG)
Maria Magdalena Giordano Noyola (INB)
Roberto Rene Salcedo Pintos (IIM)
Wolf Luis Mochan Backal (CCF)


Acuerdo V. Se propone la creación de becas posdoctorales tipo II, sin afectar la posibilidad de convocar Concursos de Oposición Abiertos (COA’s)


Borrador del contenido del acuerdo:

Conclusiones del comité de redacción del punto 5 (originalmente Postdocs II).


Después de considerar la actual situación en la que se espera que el número de concursos de oposición continué siendo muy limitado y en el que se presupone que estas contrataciones serán para personas de excepcional calidad y productividad, y después de intercambiar correos electrónicos y finalmente realizar una reunión en la Coordinación el pasado viernes 24 de febrero, el comité de redacción de este punto tiene las siguientes recomendaciones al pleno.


1. El comité recomienda limitar el numero de contratos para obra determinada a nivel de Investigador Asociado C a un máximo de 3 años.

Durante estos tres anos se deberá de hacer un seguimiento del caso mediante la revisión por el Consejo Interno de la dependencia del informe anual del Investigador Asociado. Si la institución esta interesada, antes de que terminen esos tres años (alrededor de unos 4 meses antes) deberá de abrir el concurso sobre la misma plaza a nivel de titular A. En caso de que no exista el interés de parte de la institución, se le comunicara al investigador que ya no se le recontratara. Esta recomendación supone que continua el acuerdo de que las contrataciones a nivel de asociado C requieren de dos años anteriores de postdoc.


2. De hecho, el comité recomienda que se discuta la conveniencia de aplicar este limite de 3 años no solo a los Investigadores Asociados C sino también a los Investigadores Titulares A, B, y C que estén contratados para obra determinada. Para el caso de los Investigadores Titulares A, B, y C lo que el comité recomienda es que la dependencia decida en este limite de tiempo si abre la plaza a concurso (que en el caso de los Titulares podría ser en el mismo nivel) o bien no continuar las contrataciones por obra determinada.


3. Debido a la reducción que recomendamos del plazo para la contratación por obra determinada como Investigador Asociado C y a que cada día será mas difícil tener estudiantes que hagan tesis de licenciatura, proponemos sustituir el requisito de contar con al menos una dirección de tesis de licenciatura para ser Titular A por un criterio de docencia y formación de recursos humanos mas amplio que podría incluir: "Haber dirigido o codirigido tesis de licenciatura o posgrado, o contar con una labor sobresaliente en la impartición de cursos o la coautoría de artículos arbitrados con estudiantes, o haber impartido con frecuencia cursos de licenciatura o posgrado, o haber realizado labores de apoyo a la actividad docente entre las que se cuentan ser sinodal de exámenes o miembro de comités tutorales, participar en la preparación de exámenes generales, supervisar estudiantes de servicio social o en estancias académicas, participar en talleres y escuelas de verano, o haber elaborado material docente (libros, artículos, videos, etc.)."


4. Para tener la oportunidad de retener para una futura obra determinada a los postdocs que se destaquen, proponemos cambiar el inciso 2 de la sección "IV. Requisitos" de la convocatoria de Becas Postdoctorales de "... y en la que se establezca el compromiso de no contratar al becario al termino de la estancia posdoctoral" por "... y en la que se establezca que la dependencia no tiene el compromiso de contratar al becario al termino de la estancia posdoctoral". Este pequeño cambio implicaría que lo normal es no contratar al
becario al termino de la estancia posdoctoral, pero que podría contratarse a becarios cuyo desempeño hubiera sido excepcional.


Finalmente, hacemos notar que en los puntos 1 y 2 no se alcanzo unanimidad en el comité, puesto que el Dr. Julio Collado no estuvo de acuerdo con estos dos puntos.

CONSEJO TÉCNICO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

COMITÉ DE REDACCIÓN DEL ACUERDO VI

13 de Marzo de 2006




Integrantes:

Dr. Héctor Arita Watanabe – IE

Dr. Sergio M. Alcocer Martínez de Castro - II

Dr. Demetrio Fabián García-Nocetti – IIMAS

Dr. Ramón Peralta y Fabi - FC

Dr. José Luis Macias Vázquez - IGF

Dr. Christopher R. Stephen Stevens - ICN

Dr. Jesús Antonio del Río Portilla - CIE

Dr. José Manuel Maass Moreno – CIECO



Acuerdo VI. Las nuevas plazas para el SIC deberán ser asignadas con base a criterios de prioridad académica, y estas serán decididas por el CTIC


Borrador del contenido del acuerdo:

Cuando el subsistema disponga de nuevas plazas, una tercera parte de ellas pasará a la CIC, para que sea asignada a los proyectos prioritarios definidos por el CTIC. Las dos terceras partes restantes se asignarán directamente por las entidades académicas de acuerdo con los requerimientos y prioridades académicas de cada una de las tres áreas de conocimiento del SIC. Los requerimientos y prioridades deben estar incluidos en los planes de desarrollo académico de las entidades, sancionados previamente por el CTIC.


Para el caso de las plazas vacantes de alguna entidad, la misma tendrá un plazo de hasta 6 meses para nominar un candidato que será aprobado por el CTIC. Si esto no ocurre, al término de este periodo el CTIC podrá asignar la plaza a otra dependencia de la misma área de conocimiento, en la medida que responda a las prioridades del área correspondiente.

CONSEJO TÉCNICO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

COMITÉ DE REDACCIÓN DEL ACUERDO VII

1º de Marzo de 2006




Integrantes:

Dr. Arturo Menchaca Rocha - IF

Dr. Juan Pedro Laclette San Román - IIB

Dra. Alicia Covarrubias Robles - IBT

Dr. Federico Raggi Cárdenas- IM

Dr. Víctor Manuel Mendoza Castro - CCA

Dr. Miguel Ángel Ocampo Mortera - CFATA



Acuerdo VII. Las entidades académicas serán evaluadas regularmente por el CTIC, quien definirá las acciones consecuentes para fortalecer a las propias dependencias


Borrador del contenido del acuerdo:

La evaluación estará basada en un informe bianual del desempeño de las dependencias avalado por los Consejos Internos respectivos y presentado por los directores ante el CTIC. Los informes deberán contemplar tanto el desempeño integral de los investigadores respecto de las actividades sustantivas de la Universidad, como el progreso logrado en la líneas prioritarias definidas en el Plan de Desarrollo también bianual de la dependencia, presentado ante el CTIC. Estas presentaciones deberán contar con la opinión de un comité externo. El CTIC deberá elaborar los criterios globales necesarios para garantizar una uniformidad de los criterios de evaluación, tanto de los planes de desarrollo como de los informes correspondientes. Como resultado del proceso de evaluación, el CTIC definirá las acciones necesarias para fortalecer a las dependencias que así lo requieran.

CONSEJO TÉCNICO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

COMITÉ DE REDACCIÓN DEL ACUERDO VIII

15 de Marzo de 2006




Integrantes:

Dr. Adolfo García Sáinz - IFC

Dr. Carlos Arámburo de la Hoz - INB

Dr. Jorge Flores Valdés - CCF

Dra. Patricia Ostrosky Shejet - IIB

Dr. José Guillermo Dávila Ramos - CCG

Dr. Stanley E. Kurtz Smith - CRyA

Dr. César Augusto Domínguez Pérez Tejada – IE


Acuerdo VIII. El CTIC discutirá si existen proyectos prioritarios que valdrían la pena desarrollar y/o apoyar del SIC.


Borrador del contenido del acuerdo:

Durante la reunión extraordinaria del CTIC se discutió la importancia de que la Coordinación de la Investigación Científica tenga programas especiales para el subsistema. Los objetivos de estos programas especiales son los siguientes:


  1. Apoyar áreas de interés básico o aplicado de valor estratégico para el desarrollo de la Universidad y/o del país y que no estén suficientemente representadas en el subsistema.


  1. Apoyar áreas en las que sí exista un desarrollo importante dentro del subsistema y/o de la Universidad y que constituyan un nicho de oportunidad para el desarrollo científico (del más alto nivel internacional).


  1. Apoyar áreas en las que sí exista un desarrollo importante dentro del subsistema y/o la universidad que tuviera una importante repercusión social atendiendo los problemas fundamentales del país.


Estos programas especiales tendrán la característica de apoyos “semilla”, es decir, no deberán convertirse en programas permanentes, sino con una duración fija, renovables exclusivamente cuando exista una evidencia contundente de su éxito con resultados cuantificables.


Los apoyos especiales se darán en función de los recursos disponibles y se definirán después de una amplia consulta en la comunidad del subsistema y mediante concurso calificado por un grupo selecto de consejeros o invitados del más alto nivel. Se buscará que este grupo incluya a elementos de las diferentes áreas de conocimiento que componen al subsistema.



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