SECCIÓN DE EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS DICTADAS EN LOS EXPEDIENTES: SUP-JIN-109/2006 Y SUP-JIN-110/2006

ELECCIÓN: PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DISTRITO ELECTORAL 11, CON CABECERA EN PÁTZCUARO, EN EL ESTADO DE MICHOACÁN

MAGISTRADO PONENTE: MAURO MIGUEL REYES ZAPATA

SECRETARIO: JULIO CÉSAR CRUZ RICÁRDEZ

México, Distrito Federal a veintiocho de agosto de dos mil seis.

V I S T A S : Las sentencias dictadas en los expedientes al rubro citadas, en las cuales se ordenó formar sección de ejecución para la modificación del cómputo Distrital, por la nulidad de votación recibida en cinco casillas, para la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el Consejo Distrital 11, con cabecera en Pátzcuaro en el Estado de Michoacán; y,

R E S U L T A N D O

I. En el expediente SUP-JIN-109/2006, formado con motivo del juicio de inconformidad promovido por el Partido Acción Nacional en contra del cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, efectuado por el Consejo Distrital 11, con cabecera en Pátzcuaro, en el Estado de Michoacán el cinco de julio del año en curso, esta Sala dictó sentencia en la cual declaró la nulidad de la votación recibida en las casillas, 213b, 650b, 1877c1 y 1879b.

II. En el expediente SUP-JIN-110/2006, formado con motivo del juicio de inconformidad promovido por la coalición Por el Bien de Todos, en contra del cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, efectuado el cinco de julio del año en curso por el Consejo Distrital 11, con cabecera en Pátzcuaro, en el Estado de Michoacán, esta Sala dictó sentencia en cual declaró la nulidad de la votación recibida en la casilla 1820c1.

III. Se ordenó formar sección de ejecución a fin de modificar el cómputo distrital por la nulidad de votación en las casillas mencionadas; y,

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Votación Anulada en el expediente SUP-JIN-109/2006.

   
A
B
C
D
E
F
G
No. CASILLA
CANDIDATOS NO REGISTRADOS
VOTOS NULOS
1 213b
77
127
137
0
0
0
6
2 650b
18
69
127
1
1
1
5
3 1877c1
18
83
115
2
1
1
21
4 1879b
48
111
128
4
6
12
2
  Totales:
161
390
507
7
8
14
34

SEGUNDO. Votación anulada en el expediente SUP-JIN-110/2006.

   
A
B
C
D
E
F
G
No. CASILLA
CANDIDATOS NO REGISTRADOS
VOTOS NULOS
1 1820C1
160
46
70
3
7
4
2

TERCERO. En virtud de lo anterior, esta Sala procede a la modificación del acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual, se tiene en cuenta el cómputo rectificado después del recuento que fue ordenado por esta Sala Superior en el expediente SUP-JIN-110/2006 por sentencia interlocutoria dictada el cinco de agosto de dos mil seis, al que, una vez restada la votación anulada en las casillas señaladas arroja el siguiente resultado:

Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

DISTRITO 11 PÁTZCUARO, MICHOACÁN.
partido
cómputo distrital antes del recuento
menos o más, variación derivada de la diligencia de recuento
cómputo distrital rectificado por recuento
total de votación recibida en casillas que fue anulada en jin-109/2006(se resta)
total de votación recibida en casillas que fue anulada en el jin-110/2006(se resta)
recomposición finaldel cómputo distrital
27642
-2
27640
161
160
27319
27125
-2
27123
390
46
26687
53992
-1
53991
507
70
53414
819
0
819
7
3
809
2194
0
2194
8
7
2179
Candidatos no registrados
1237
+4
1241
14
4
1223
Votos válidos
113009
-1
113008
1087
290
111631
Votos nulos
3457
+1
3458
34
2
3422
Votación total
116466
0
116466
1121
292
115053

Como se ve, efectuadas las operaciones aritméticas no hay cambio de ganador en el distrito electoral en estudio, por lo cual, solamente se modifica el acta de cómputo distrital atinente, de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

El contenido en la última columna de este cuadro, es el cómputo definitivo de la votación emitida en el distrito electoral federal 11 con cabecera en Pátzcuaro, Michoacán, el cual deberá ser tomado en cuenta en el dictamen relativo al cómputo final de la elección de Presidente de los Estado Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 56 párrafo 1 inciso a) y 57 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se;

R E S U E L V E

PRIMERO. Se modifican los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, del Consejo Distrito 11, con cabecera en Pátzcuaro, en el Estado de Michoacán, para quedar en los términos precisados en el último considerando de esta resolución.

SEGUNDO. Intégrese la presente sección de ejecución al expediente SUP-JIN-110/2006, agréguese copia certificada de la misma resolución al expediente SUP-JIN-109/2006, para los efectos legales correspondientes.

TERCERO. Remítase copia certificada de esta resolución, al expediente relativo al dictamen sobre el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

NOTIFÍQUESE: personalmente, a la Coalición Por el Bien de Todos y al partido actor Partido Acción Nacional; por oficio, acompañado de copia certificada de la presente resolución, al Consejo General del Instituto Federal Electoral y, por su conducto, al Consejo Distrital 11 del Instituto Federal Electoral en Pátzcuaro, en el Estado de Michoacán y, por estrados, a los demás interesados; lo anterior, con fundamento en los artículos 26, 28 y 60, párrafo 1, incisos a) y b), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Archívese, en su oportunidad, el presente expediente como asunto concluido.

Así lo resolvieron, por UNANIMIDAD de votos los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el Secretario General que autoriza y da fe.

MAGISTRADO PRESIDENTE

 

LEONEL CASTILLO GONZÁLEZ

MAGISTRADO

 

ELOY FUENTES CERDA

MAGISTRADO

 

JOSÉ ALEJANDRO LUNA RAMOS

MAGISTRADA

 

ALFONSINA BERTA NAVARRO HIDALGO

MAGISTRADO

 

JOSÉ FERNANDO OJESTO MARTÍNEZ PORCAYO

MAGISTRADO

 

JOSÉ DE JESÚS OROZCO HENRÍQUEZ

MAGISTRADO

 

MAURO MIGUEL REYES ZAPATA

SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS

 

FLAVIO GALVÁN RIVERA