JUICIO DE INCONFORMIDAD

EXPEDIENTE: SUP-JIN-160/2006

ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

TERCERO INTERESADO: COALICIÓN "POR EL BIEN DE TODOS"

AUTORIDAD RESPONSABLE: 11 CONSEJO DISTRITAL ELECTORAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MÉXICO

México, Distrito Federal, a veintisiete de agosto de dos mil seis.

VISTO el estado que guardan los presentes autos, en particular el proveído de treinta de julio de dos mil seis, a través del cual, entre otros puntos, se admitió a tramite la demanda de juicio de inconformidad promovido por el Partido Acción Nacional en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, efectuado por el 11 Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, y-------------------------------------------------------Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 199, fracciones VII y XV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 1°; 5°; 6°; 7°, párrafo 1; 9°; 18, párrafo 1, inciso d); 19, párrafo 1, incisos a), e) y f); 26; 28, y 53, párrafo 1, inciso a), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; así como 9°, fracción I; 26, y 81 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA: En virtud de que no existe trámite alguno pendiente de realizar, se declara cerrada la instrucción, quedando el asunto en estado de dictar sentencia.---------------------------------------------------------------Notifíquese por estrados a las partes y demás interesados, y hágase del conocimiento público en la página que tiene este órgano jurisdiccional en internet.-----------------------------------------------------------------------------------------

Así lo acordó y firma el Maestro José de Jesús Orozco Henríquez, Magistrado Electoral de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el Secretario que da fe.-----------------------------

MAGISTRADO

 

SECRETARIO

JOSÉ DE JESÚS OROZCO HENRÍQUEZ

MAURICIO I. DEL TORO HUERTA