DR. WOLF LUIS MOCHAN
BACKAL
CENTRO DE CIENCIAS
FISICAS
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE
MEXICO
Presente
Me
estoy permitiendo hacerle llegar el artículo escrito por nuestra consejera, Dra.
Mayra de la Torre, titulado “Régimen de protección especial del maíz”,
publicado el día de hoy, en la sección Opinión
del periódico La
Crónica de Hoy.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente,
Luz Elena Cabrera Cuarón
Secretaria Ejecutiva Adjunta
Consejo Consultivo de
Ciencias de la
Presidencia de la
República (CCC)
San Francisco No. 1626-305
Col. Del Valle
Delegación Benito Juárez
03100 México, D.F.
Teléfonos
(52 55) 5524-4558, 5524-9009
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Por: Mayra de la Torre |
Opinión
Miércoles
24 de Septiembre de 2008 | Hora de publicación: 04:40
Régimen de protección especial del maíz
En esta ocasión
quiero exponer a ustedes el análisis que hicimos sobre este tema tan importante
para México, los miembros del Consejo Consultivo Científico de la Comisión
Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos
Genéticamente Modificados (Cibiogem).
A saber: Myriam Amezcua Allieri, Micaela Avilés García, Hugo Barrera, Manuel
Becerra, Jorge Cáceres Martínez, Alejandra Covarrubias, Mayra de la Torre,
Alejandro Espinosa Calderón, Elena Lazos Chavero, Miguel Rubio Godoy, Daniel
Piñero Dalmau, Juan Pablo Martínez Soriano y Juan Manuel Torres.
No hay duda que el maíz es parte esencial del ser mexicano, no exageramos si
decimos que sin el maíz no es concebible la nacionalidad mexicana. El maíz es
la semilla que dio origen e hizo florecer a nuestra nación. Recordemos al
Popol-Vuh: “fueron molidos el maíz amarillo, el maíz blanco y Antigua
Ocultadora hizo nueve bebidas.
El alimento se introdujo, hizo nacer la gordura, la grasa se volvió la esencia
de los brazos. Así hicieron los procreadores, los engendradores, los
dominadores, los poderosos del cielo, inmediatamente fue pronunciada la palabra
de construcción, de formación de nuestras primeras madres y padres; solamente
mazorcas amarillas, mazorcas blancas, fueron la única alimentación de las
piernas, de los brazos del hombre”.
Además, México con sus 59 razas de maíz y más de cinco millones de hectáreas
cultivadas, es el principal reservorio in vivo del mundo, patrimonio de los
mexicanos y de la Humanidad.
La aparición del maíz genéticamente modificado y su introducción a México, ha
abierto una polémica que va más allá del hecho de la aplicación de los avances
biotecnológicos para el uso del ser humano.
La polémica se ha intensificado porque la Sagarpa sometió a consulta el 4 de
abril de este año un planteamiento regulatorio para establecer las posiciones
jurídicas relativas a la bioseguridad que conforman el Régimen de Protección
Especial del Maíz (Anteproyecto), necesarias para resolver las solicitudes de
permisos de liberación al ambiente de maíz genéticamente modificado.
Al Consejo Consultivo Científico (CCC) de la Cibiogem, órgano de consulta
obligatoria de la propia Comisión Intersecretarial, establecido
específicamente en el artículo 20 de la Ley de Bioseguridad de los Organismos
Genéticamente Modificados (LBOGM), le corresponde dar una opinión técnica
consensuada sobre dicha posición jurídica.
Cabe aclarar que el CCC está integrado por científicos mexicanos del más alto
nivel, quienes laboramos en distintas universidades y centros de investigación
del país y tenemos sólo compromisos con nuestra nación.
Ahora bien, recordemos que el Régimen de Protección Especial del Maíz está
contemplado en la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente
Modificados, la cual está vigente desde el 4 de mayo de 2005.
El objetivo de esta ley es regular las actividades de utilización confinada,
liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial,
comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente
modificados (OGMs), con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles
riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al
ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola.
Así pues, el elemento central de la bioseguridad está en la adopción de medidas
para la protección a la salud y al ambiente, derivadas del manejo y liberación
de OGMs.
Considerando que México es centro de origen de diversidad genética del maíz y
reconociendo la necesidad de proteger, además de la salud y el ambiente, este
recurso genético de nuestros maíces criollos, el CCC, a través de la Secretaría Ejecutiva
de la Cibiogem, hizo llegar al Consejo Federal para la Mejora Regulatoria
(Cofemer) comentarios y recomendaciones sobre el anteproyecto.
Entre ellos destaca la apreciación de que el anteproyecto está redactado con un
lenguaje vago que no corresponde a un ordenamiento jurídico, cuyo objetivo
sería precisar y aclarar las generalidades de la ley, y en términos generales,
proteger a los maíces criollos en caso de la liberación al ambiente del maíz
transgénico.
Entre las recomendaciones se consideró importante precisar que el anteproyecto
se refiere sólo a la liberación experimental de maíz transgénico, por lo que es
fundamental que el régimen de protección establezca con precisión, la
diferencia entre la liberación experimental de maíz y la liberación comercial.
Este punto es primordial, ya que la regulación para las actividades de
utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto,
liberación comercial, comercialización, importación y exportación de maíz
genéticamente modificado, evidentemente tendría que ser diferente.
Por otro lado, consideramos que el Régimen de Protección Especial del Maíz que
finalmente se apruebe no debe dejar que los promoventes sean los que estipulen
las características que impidan o limiten el uso alimentario del maíz
genéticamente modificado que se pudiera liberar, sino que éstas deben quedar
establecidas en el mismo documento normativo, con base en el juicio emitido por
expertos después de un análisis cuidadoso.
De otra forma, el régimen dejaría en la indefensión la bioseguridad o en manos
de los interesados, además que se incurre en vicios de inconstitucionalidad.
Un ejemplo más de la vaguedad o imprecisión del anteproyecto lo encontramos en
el capítulo VI artículo XV que establece: “en donde la Sagarpa y la
Semarnat hayan determinado la presencia no permitida de material genéticamente
modificado en razas y parientes silvestres de maíz; deberán establecer medidas
para eliminar, controlar o mitigar dicha presencia”.
De aquí surge la pregunta: ¿Cuáles son los mecanismos que llevarían a un
control o mitigación de dicha presencia? A la fecha no existen reportes
rigurosos que demuestren que se haya atendido con seguimiento formal la
presencia no permitida de material genéticamente modificado confirmada en
maíces de Oaxaca, Puebla, DF y en el norte del país.
Esto pone en duda que el anteproyecto enviado por la Sagarpa garantice la
bioseguridad en estos aspectos.
Hace poco el Presidente de la República preguntaba si este anteproyecto
protegía a las variedades criollas y este comité considera que NO, y que este
es un aspecto toral que requiere, además del Régimen de Protección Especial del
Maíz, un programa integral de uso, manejo, conservación e investigación en este
rubro.
En consecuencia, el CCC solicita que no se apruebe como está el anteproyecto y
está organizando un taller de expertos (próximamente en septiembre en el
Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM) sobre maíz, con el propósito de
elaborar una propuesta alternativa de Régimen de Protección Especial del Maíz y
una propuesta adicional para un programa nacional integral para la protección,
investigación y conservación de las variedades criollas de maíz.
Ambos documentos se harán llegar a la Cibiogem, para que sean discutidos y
finalmente lleguemos a tener un Régimen de Protección Especial del Maíz y
normas que, junto con el Programa Nacional para la Protección, Conservación y
Aprovechamiento de los Maíces Criollos, permitan a México utilizar los avances
tecnológicos y su biodiversidad, sin destruir nuestra riqueza para el bien de
nuestra gente y de la Humanidad.
Investigadora del Centro de Investigación en
Alimentación y Desarrollo, A.C. (CIAD), Miembro del Consejo Consultivo de
Ciencias de la Presidencia de la República (CCC)
consejo_consultivo_de_ciencias@ccc.gob.mx